Versiones desatendidas de Windows

¿Que son?

Un windows desatendido es un sistema operativo el cual incluye el shell, y tiene la plataforma gráfica pero solo tiene las funciones básicas, que puede ser modificado para quitarle o integrarle cosas (drivers, programas, aplicaciones, etc).

Algunas versiones desatendidas de windows son:

Windows 7 Eternity Edition 2009 32 y 64 Bits (Inglés)
Windows Longhorn Reloaded (32 Bits)
Windows XP Point V9 SP3 (32 Bits)
Windows 7 Ultimate nVIDIA Edition 2010 32 y 64 Bits (Inglés)
Windos XP Vortex 3G Red Edition 2009 (Inglés)
Windows XP SP3 Relax Edition
Windows XP Black Crystal Ultimate v8
Windows XP Angelical v7 Illusion v2
Windows eXPertOS 2.0 2010 (32 Bits)
Windows XP Wolf Edition v2.0 (32 Bits)
Windows XP Pirated Edition (32 Bits)
Windows XP Titán Ultimate Edition v2.4 en Español (32 Bits)
Windows XP Suricata Revision Mangosta en Español (32 Bits)
Windows XP uE 7 (32 Bits)
Windows XP Colossus 2 Reloaded (32 Bits)

Herramientas para crear una versión desatendida de windows son:

1. Una copia del SO de Microsotf Windosws 7 (se necesita la licencia valida)
2. Los service pack/ actualizaciones que desee integrar a la instalación 
3. Una maquina virtual como Virtual Box ó Virtual PC
4. Programas que se desee poner durante la instalación (con sus respectivas licencias)
5. En este caso se utilizara WAIK pero tambien se puede con nLite

Como crear una versión desatendida de windows

1. Descargar e instalar WAIK.
2. Copiar el disco entero de Microsotf Windosws 7 a una carpeta del disco duro local .
3. Una vez terminada la copia de archivos de instalación de Windows 7 a nuestro directorio procedemos a abrir el Administrador de imagenes de sistema que es el que se encargará de crear y administrar nuestro archivo de respuesta para la instalación desatendida.
Para esto vamos a Inicio > Todos los programas > Windows AIK > Administrador de imágenes de sistema (Windows SIM). Hacemos clic derecho y seleccionamos “Ejecutar como administrador”para asegurarnos de que tenga todos los permisos necesarios.
4.Ahora debe crear un catálogo que es el que nos dirá qué tiene, que se puede y no se puede hacer dentro de la imagen seleccionada de Windows 7. Para esto, vamos a Archivo (File) y hacemos clic en Seleccionar imagen de Windows (Select Windows Image). 
5. Dentro de la ventana de selección de Imagen, debemos indicar nuestro directorio en donde guardamos todos los archivos de instalación de Windows 7 (En mi caso W7), entrar a la carpeta deSources y seleccionar install.wim que como comenté es el archivo que contiene todas las imágenes de Windows 7.
6. Posteriormente seleccionamos la imagen que queremos crearle el archivo de autorespuesta, aquí es muy libre la decisión y depende de para qué edición tenga yo mi clave de producto para activar. En mi caso seleccionaré Windows 7 Professional.
7. Ya tenemos la imagen que queremos, ahora debemos crear el archivo de Autorespuesta; para esto vamos de nuevo al menú Archivo (File) y hacemos clic en Nuevo archivo de autorespuesta… (New Answer File…)
8. Todo está listo, ahora lo que debemos empezar a hacer es agregar a nuestro XML las respuestas a los componentes de cada secuencia de la instalación, nos concentraremos en dos fases primordiales, que son Microsoft-Windows-Setup (Pre-Instalación) y Microsoft- Windows-Shell-Setup (Post-Instalación).
Los componentes los podemos visualizar en la parte inferior izquierda, debajo de donde agregamos nuestra imagen de Windows.
9.Empezaremos a agregar algunos de los componentes que requerimos para la instalación básica pero totalmente desatendida de Windows 7, y para esto simplemente expandiremos el nodo del (+) que tiene Componentes (Components), buscamos nuestro componente, hacemos clic derecho y lo agregaremos a la fase de instalación apropiada (Normalmente la indicará el menú contextual que aparece).
El primer componente que agregaremos será en el que indicamos el idioma en que queremos nuestra instalación, y por supuesto los métodos de entrada, aquí dependerá del idioma en que tengamos la ISO o DVD de Windows 7, para mi caso Inglés.
El componente es x86_Microsoft-Windows-International-Core-WinPE_6.1.7600.16385_neutral 
La fase en la que estará será windowsPE (Entorno de preinstalación)
Hacemos clic, y nuestro componente estará agregado en el panel del Medio (Archivo de respuesta)
10. Ahora dentro del mismo panel de Archivo de respuesta, debemos seleccionar el componente agregado, y a la derecha en el panel de Propiedades veremos las configuraciones disponibles para cada componente.
Como había dicho, mi imagen de Windows 7 Professional está en Inglés, por lo que debo indicarle el idioma de instalación (SetupUILanguage) y los idiomas de entrada de teclado y sistema dentro de la instalación.
Para indicar que está en inglés, debo darle en-US (Si lo tienen en Español, será es-ES para España, si es para Colombia es-CO, etc.)
11. Este mismo procedimiento (Agregar componente, seleccionarlo y establecer las propiedades) se deberá hacer con todo lo que queremos que el Archivo de autorespuesta le indique al proceso de instalación de Windows 7.
Los componentes que no se ven aquí y que sí están en el panel de propiedades, es porque se pueden dejar en blanco o con el valor por defecto que tiene.
12. Después de haber configurado todo, debemos comprobar que los valores ingresados sean correctos, para esto vamos al menú Herramientas y seleccionamos Validar archivo de respuesta.
13. Si hay errores, en la parte inferior (Mensajes) nos dirá en qué componente está el error y el tipo de error (En la mayoría de veces, en Validación).
Si hay alertas, debemos darle doble clic y ver en qué componentes está el error, para la anterior configuración, es normal que les muestre problemas en el componente de WIndows Internet Explorer.
La razón es porque configuramos varios aspectos, pero el componente tiene varios Nodos adicionales que no han sido configurados (Que podemos configurar!)
Aquí la solución, es o configurar cada subcomponente, o eliminar los que no se requieren (Encerrados en azul), para esto, nos situamos en cada componente y presionamos la tecla Suprimir(Supr) o Borrar (Delete) ó hacemos clic derecho y Eliminar. Hasta que sólo quede el que está con el cubo Azul oscuro que es el que indica que ya está configurado.
14.Una vez más, validamos nuestro archivo de respuesta y comprobamos hasta que hayamos solucionado todos los problemas y nos lo indique.
15. Lo que sigue ahora es que debemos guardar nuestro Archivo de respuesta (.XML) y crear nuestra imagen .ISO de instalación nuevamente.
Para esto vamos al menú Archivo (File) y hacemos clic en Guardar Archivo de autorespuesta como…
16. En la ventana de Guardar como, debemos buscar el directorio donde tenemos guardado nuestros archivos de Instalación de Windows 7, en la raíz (Donde está el Setup.exe) es donde debemos guardar nuestro archivo con el nombre Autounattend.xml
El archivo debe quedar aquí en el directorio de nuestros archivos de Windows 7 o bien dentro de un dispositivo de almacenamiento removible, que tendría que conectarse al PC al momento de realizar la instalación para Windows 7 lo llame.
17. Finalmente tenemos nuestro archivo de autorespuesta que indicará toda la instalación desatendida de nuestro flamante 7, el último paso es crear nuestra imagen ISO ayudándonos de la herramienta integrada en el WAIK oscdimg al igual que la consola de comandos del mismo WAIK.
Para esto, vamos a Inicio > Todos los programas > Microsoft Windows AIK > Deployment Tools Command Prompt
La abrimos como Administradores, clic derecho y seleccionamos “Ejecutar como administrador”
El comando que debemos ejecutar es:
oscdimg –n –m –bRuta_de_directorio\boot\etfsboot.com Ruta_de_directorio 
Ruta_de_directorio_a_guardar\Nombre_de_imagen.iso
Para mi ejemplo que lo tengo en la carpeta W7 dentro de C:\ sería:
oscdimg –n –m –bC:\W7\boot\etfsboot.com C:\W7\ C:\My_Win7_Unattend.iso
Para cada quien lo único que variaría sería el nombre de la carpeta y el directorio donde se encuentre.
Al ejecutar el comando comenzará a crear nuestra ISO con el Archivo de autorespuesta personalizado e integrado para que toda la instalación sea desatendida
18. Todo listo! Ahora debemos proceder a grabar nuestra imagen ISO sea con el Gestor de grabación de Windows o con alguno que sea de nuestro gusto (Como UltraISO) en un DVD, o configurar una USB Booteable para instalar Windows 7.
Después de esto, será decisión de cada uno si quiere probar la instalación en una máquina virtual (No sería necesario grabar la ISO en un DVD en este caso) o realizar la instalación de una vez en la máquina física ).

Software libre

Según la IEEE (Instituto de Ingenieros Eléctricos y Electrónicos), en su estándar 729: la suma total de los programas de cómputo, procedimientos, reglas, documentación y datos asociados que forman parte de las operaciones de un sistema de cómputo. Bajo esta definición el concepto de software va más allá de los programas de cómputo en sus distintas formas: código fuente, binario o código ejecutable, además de su documentación. Es decir, el software es todo lo intangible. Software es también conocido como programático o equipamiento lógico, esto es el conjunto de programas que puede ejecutar el hardware para la realización de las tareas de computación a las que se destina. Se trata del conjunto de instrucciones que permite la utilización del ordenador o computador (pc, personal computer). El software es la parte intangible de la computadora, es decir, programas, aplicaciones, etc.

Es la denominación del software que respeta la libertad de todos los usuarios que adquirieron el producto y, por tanto, una vez obtenido el mismo puede ser usado, copiado, estudiado, modificado, y redistribuido libremente de varias formas. Según la Free Software Foundation, el software libre se refiere a la libertad de los usuarios para ejecutar, copiar, distribuir, y estudiar el mismo, e incluso modificar el software y distribuirlo modificado.

El software libre suele estar disponible gratuitamente, o al precio de costo de la distribución a través de otros medios; sin embargo no es obligatorio que sea así, por lo tanto no hay que asociar software libre a "software gratuito"(denominado usualmente freeware), ya que, conservando su carácter de libre, puede ser distribuido comercialmente("software comercial"). Análogamente, el "software gratis" o "gratuito" incluye en ocasiones el código fuente; no obstante, este tipo de software no es libre en el mismo sentido que el software libre, a menos que se garanticen los derechos de modificación y redistribución de dichas versiones modificadas del programa.

Tampoco debe confundirse software libre con "software de dominio público". Éste último es aquel software que no requiere de licencia, pues sus derechos de explotación son para toda la humanidad, porque pertenece a todos por igual. Cualquiera puede hacer uso de él, siempre con fines legales y consignando su autoría original. Este software sería aquel cuyo autor lo dona a la humanidad o cuyos derechos de autor han expirado, tras un plazo contado desde la muerte de éste, habitualmente 70 años. Si un autor condiciona su uso bajo una licencia, por muy débil que sea, ya no es del dominio público.


Tipos de licencias

Una licencia es aquella autorización formal con carácter contractual que un autor de un software da a un interesado para ejercer "actos de explotación legales". Pueden existir tantas licencias como acuerdos concretos se den entre el autor y el licenciatario. Desde el punto de vista del software libre, existen distintas variantes del concepto o grupos de licencias:

  • Licencias GPL

Una de las más utilizadas es la Licencia Pública General de GNU (GNU GPL). El autor conserva los derechos de autor (copyright), y permite la redistribución y modificación bajo términos diseñados para asegurarse de que todas las versiones modificadas del software permanecen bajo los términos más restrictivos de la propia GNU GPL. Esto hace que sea imposible crear un producto con partes no licenciadas GPL: el conjunto tiene que ser GPL.
Es decir, la licencia GNU GPL posibilita la modificación y redistribución del software, pero únicamente bajo esa misma licencia. Y añade que si se reutiliza en un mismo programa código "A" licenciado bajo licencia GNU GPL y código "B" licenciado bajo otro tipo de licencia libre, el código final "C", independientemente de la cantidad y calidad de cada uno de los códigos "A" y "B", debe estar bajo la licencia GNU GPL.
En la práctica esto hace que las licencias de software libre se dividan en dos grandes grupos, aquellas que pueden ser mezcladas con código licenciado bajo GNU GPL (y que inevitablemente desaparecerán en el proceso, al ser el código resultante licenciado bajo GNU GPL) y las que no lo permiten al incluir mayores u otros requisitos que no contemplan ni admiten la GNU GPL y que por lo tanto no pueden ser enlazadas ni mezcladas con código gobernado por la licencia GNU GPL.
En el sitio web oficial de GNU hay una lista de licencias que cumplen las condiciones impuestas por la GNU GPL y otras que no.
Aproximadamente el 60% del software licenciado como software libre emplea una licencia GPL o de manejo

  • Licencias AGPL

La Licencia Pública General de Affero (en inglés Affero General Public License, también Affero GPL o AGPL) es una licencia copyleft derivada de la Licencia Pública General de GNU diseñada específicamente para asegurar la cooperación con la comunidad en el caso de software que corra en servidores de red.
La Affero GPL es íntegramente una GNU GPL con una cláusula nueva que añade la obligación de distribuir el software si éste se ejecuta para ofrecer servicios a través de una red de ordenadores.
La Free Software Foundation recomienda que el uso de la GNU AGPLv3 sea considerado para cualquier software que usualmente corra sobre una red.

  • Licencias estilo BSD

Llamadas así porque se utilizan en gran cantidad de software distribuido junto a los sistemas operativos BSD. El autor, bajo tales licencias, mantiene la protección de copyright únicamente para la renuncia de garantía y para requerir la adecuada atribución de la autoría en trabajos derivados, pero permite la libre redistribución y modificación, incluso si dichos trabajos tienen propietario. Son muy permisivas, tanto que son fácilmente absorbidas al ser mezcladas con la licencia GNU GPL con quienes son compatibles. Puede argumentarse que esta licencia asegura “verdadero” software libre, en el sentido que el usuario tiene libertad ilimitada con respecto al software, y que puede decidir incluso redistribuirlo como no libre. Otras opiniones están orientadas a destacar que este tipo de licencia no contribuye al desarrollo de más software libre (normalmente utilizando la siguiente analogía: "una licencia BSD es más libre que una GPL si y sólo si se opina también que un país que permita la esclavitud es más libre que otro que no la permite").

  • Licencias estilo MPL y derivadas

Esta licencia es de Software Libre y tiene un gran valor porque fue el instrumento que empleó Netscape Communications Corp. para liberar su Netscape Communicator 4.0 y empezar ese proyecto tan importante para el mundo del Software Libre: Mozilla. Se utilizan en gran cantidad de productos de software libre de uso cotidiano en todo tipo de sistemas operativos. La MPL es Software Libre y promueve eficazmente la colaboración evitando el efecto "viral" de la GPL (si usas código licenciado GPL, tu desarrollo final tiene que estar licenciado GPL). Desde un punto de vista del desarrollador la GPL presenta un inconveniente en este punto, y lamentablemente mucha gente se cierra en banda ante el uso de dicho código. No obstante la MPL no es tan excesivamente permisiva como las licencias tipo BSD. Estas licencias son denominadas de copyleft débil. La NPL (luego la MPL) fue la primera licencia nueva después de muchos años, que se encargaba de algunos puntos que no fueron tenidos en cuenta por las licencias BSD y GNU. En el espectro de las licencias de software libre se la puede considerar adyacente a la licencia estilo BSD, pero perfeccionada.

  • Copyleft

Hay que hacer constar que el titular de los derechos de autor (copyright) de un software bajo licencia copyleft puede también realizar una versión modificada bajo su copyright original, y venderla bajo cualquier licencia que desee, además de distribuir la versión original como software libre. Esta técnica ha sido usada como un modelo de negocio por una serie de empresas que realizan software libre (por ejemplo MySQL); esta práctica no restringe ninguno de los derechos otorgados a los usuarios de la versión copyleft.Artículo principal: Copyleft.

En España, toda obra derivada está tan protegida como una original, siempre que la obra derivada parta de una autorización contractual con el autor. En el caso genérico de que el autor retire las licencias "copyleft", no afectaría de ningún modo a los productos derivados anteriores a esa retirada, ya que no tiene efecto retroactivo. En términos legales, el autor no tiene derecho a retirar el permiso de una licencia en vigencia. Si así sucediera, el conflicto entre las partes se resolvería en un pleito convencional.

Software propietario

El software no libre también es llamado software propietario, software privativo, software privado o software con propietario. Se refiere a cualquier programa informático en el que los usuarios tienen limitadas las posibilidades de usarlo, modificar lo o redistribuirlo (con o sin modificaciones), o que su código fuente no está disponible o el acceso a ´este se encuentra restringido. En el software no libre una persona física o jurídica (por nombrar algunos: compañía, corporación, fundación) posee los derechos de autor sobre un software negando o no otorgando, al mismo tiempo, los derechos de usar el programa con cualquier propósito; de estudiar cómo funciona el programa y adaptarlo a las propias necesidades (donde el acceso al código fuente es una condición previa); de distribuir copias; o de mejorar el programa y hacer públicas las mejoras (para esto el acceso al código fuente es un requisito previo). De esta manera, un software sigue siendo no libre aún si el código fuente es hecho público, cuando se mantiene la reserva de derechos sobre el uso, modificación o distribución (por ejemplo, el programa de licencias shared source de Microsoft).

La expresión software propietario que destaca la mantención de la reserva de derechos sobre el uso, modificación o redistribución del software. Inicialmente utilizado, pero con el inconveniente que la acepción proviene de una traducción literal del inglés, no correspondiendo su uso como adjetivo en el español, de manera que puede ser considerado como un barbarismo. Sin embargo, todavía es el término preferido por cerca del 73% de los sitios en Internet.

Licencia de software de código cerrado

Estas licencias también se conocen con el nombre de software propietario o privativo. En ellas los propietarios establecen los derechos de uso, distribución, redistribución, copia, modificación, cesión y en general cualquier otra consideración que se estime necesaria.
Este tipo de licencias, por lo general, no permiten que el software sea modificado, desensamblado, copiado o distribuido de formas no especificadas en la propia licencia (piratería de software), regula el número de copias que pueden ser instaladas e incluso los fines concretos para los cuales puede ser utilizado. La mayoría de estas licencias limitan fuertemente la responsabilidad derivada de fallos en el programa.
Los fabricantes de programas sometidos a este tipo de licencias por lo general ofrecen servicios de soporte técnico y actualizaciones durante el tiempo de vida del producto.

Algunos ejemplos de este tipo de licencias son las llamadas 
  • CLUFs: Contrato de Licencia para Usuario Final o EULAs: End User License Agreement, por sus siglas en Inglés.

Clasificación de las licencias de software

Según los derechos que cada autor se reserva sobre su obra

Licencia de software de código abierto permisivas

Se puede crear una obra derivada sin que ésta tenga obligación de protección alguna. Muchas licencias pertenecen a esta clase, entre otras:
Academic Free License v.1.2.
Apache Software License v.1.1.
Artistic License v.2.0
Attribution Assurance license.
BSD License.
MIT License.
University of Illinois/NCSA Open Source License.
W3C Software Notice and License.
Zope Public License v.2.0
Open LDAP License v.2.7
Perl License.
Academic Free License v.3.0
Python License v.2.1
PHP License v.3.0
Q Public License v.1.0

Licencia de software de código abierto robustas

Estas licencias aplican algunas [restricciones a las obras derivadas, haciendo que según el grado de aplicación se puedan dividir a su vez en dos subcategorías:
Licencias de software de código abierto robustas fuertes o con copyleft fuerte, contienen una cláusula que obliga a que las obras derivadas o modificaciones que se realicen al software original se deban licenciar bajo los mismos términos y condiciones de la licencia original.
Entre las licencias de esta categoría están:
  • Common Public License v.1.0.
  • GNU General Public License v.2.0.
  • GNU General Public License v.3.0.
  • Eclipse Public License.
  • eCos License v.2.0
  • Sleepycat Software Product License.
  • Affero License v.1.0
  • Affero License v.2.0
  • OpenSSL License.

Licencias de software de código abierto robustas débiles, con copyleft débil/suave o híbridas, contienen una cláusula que obliga a que las modificaciones que se realicen al software original se deban licenciar bajo los mismos términos y condiciones de la licencia original, pero que las obras derivadas que se puedan realizar de él puedan ser licenciadas bajo otros términos y condiciones distintas.
Entre las licencias de esta categoría están:
  • GNU Lesser General Public License v.2.1.
  • Mozilla Public License
  • Open Source License.
  • Apple Source License v.2.0
  • CDDL.
  • EUPL.

Licencia de software de código cerrado

Estas licencias también se conocen con el nombre de software propietario o privativo. En ellas los propietarios establecen los derechos de uso, distribución, redistribución, copia, modificación, cesión y en general cualquier otra consideración que se estime necesaria.
Este tipo de licencias, por lo general, no permiten que el software sea modificado, desensamblado, copiado o distribuido de formas no especificadas en la propia licencia (piratería de software), regula el número de copias que pueden ser instaladas e incluso los fines concretos para los cuales puede ser utilizado. La mayoría de estas licencias limitan fuertemente la responsabilidad derivada de fallos en el programa.
Los fabricantes de programas sometidos a este tipo de licencias por lo general ofrecen servicios de soporte técnico y actualizaciones durante el tiempo de vida del producto.

Algunos ejemplos de este tipo de licencias son las llamadas 
  • CLUFs: Contrato de Licencia para Usuario Final o EULAs: End User License Agreement, por sus siglas en Inglés.

Software de dominio público (sin licencia)

Se permite uso, copia, modificación o redistribución con o sin fines de lucro.

Según su destinatario
Licencia de Usuario Final
  • En inglés EULA o End User License Agreement, es una licencia por la cual el uso de un producto sólo está permitido para un único usuario (el comprador). En este tipo de contrato, el dueño de los derechos de un producto insta al usuario final de éste a que reconozca tener conocimiento de las restricciones de uso, de los derechos del autor (copyright), de las patentes, etc. y que acepte de conformidad. El conocimiento del contenido de los contratos es difícil antes de la compra del producto ya que las cajas de los productos raramente contienen una copia completa del mismo, dándose que el comprador en la mayor parte de las ocasiones conoce su contenido después de la compra. En ocasiones se exige al usuario el renunciar a realizar reclamos o demandas legales por diversos motivos (tales como posibles daños producidos por el producto o fallos en él) o aceptar la restitución de la mercancía en la forma y monto que la compañía decida. Este tipo de acuerdo expresa los usos qué se pueden dar y cuáles no al producto, ya que quien lo compra no es, legalmente, en ninguna forma dueño del producto, sino sólo de una licencia para su uso, considerándose esto último por algunas personas como una limitación a los derechos del consumidor. Este tipo de acuerdos son unilaterales pues el usuario no tiene más opción que aceptar o rechazar el contenido del mismo (en algunos países existen organizaciones de protección al consumidor que autorizan ciertas excepciones).
Licencia de distribuidores
  • En este tipo de contrato, se le asigna derechos restringidos a un comerciante de tipo comisionario para que venda el producto(software) dando una remesa o comisión al fabricante. La misma puede ser por primera venta o licencia de renovación de contrato. No se trata de una licencia de uso en términos jurídicos, sino más bien en un acuerdo comercial en la que no tiene porque ser cedido el derecho de distribución necesariamente. Puede darse el caso de simple actividad comercial en la que el distribuidor ni siquiera tenga contacto con el software, y éste como elemento y la licencia de uso en si sea directamente suscrita y puesta a disposición por parte del fabricante. Encargándose el distribuidor del correspondiente cobro al usuario y pago al fabricante menos su margen.

Productos de software libre y propietario

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